El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado hoy jueves la declaración del nivel 1 de alerta sanitaria para toda la Comunidad autónoma. El nuevo nivel de alerta sanitaria para el conjunto del territorio castellano y leonés entrará en vigor mañana viernes 18 de junio.
Con respecto a los establecimientos de hostelería y restauración, se autoriza el consumo en barra y de pie en el interior, con una limitación de aforo al 75 % y de un máximo de veinticinco personas por mesa o agrupaciones de mesas. En terrazas no hay límite de aforo para las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior de acuerdo con la correspondiente licencia municipal o de lo que haya sido autorizado para este año en el caso de que la licencia haya sido otorgada por primera vez, sin que la ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas supere las veinticinco personas. En todo caso, en ambos espacios sigue vigente el cumplimiento de la separación entre sillas de mesas y de agrupaciones de mesas, de dos metros en interior y de 1,5 m en terraza.
En cuanto a los horarios establecidos para el nivel 1 para los establecimientos hosteleros y de restauración, en interior como en terrazas, serán los recogidos en las licencias de autorización de actividad referenciadas a las correspondientes ordenanzas municipales.
En cuanto al ocio nocturno las discotecas tendrán un aforo del 50% y los pubs, karaokes y similares del 75%. El horario de cierre será el establecido según las ordenanzas municipales. Se permiten los cócteles y similares manteniendo las distancias de seguridad y medidas de higiene.
También en establecimientos locales comerciales y de actividades profesionales abiertos al público, ya sea que no formen parte de centros o parques comerciales o que sí tengan esa condición de estar integrados en centros y parques comerciales, el aforo en el nivel 1 es del 75 %, capacidad que, en este último ámbito, también se mantiene en sus zonas comunes y recreativas.
En el nivel 1 se permite el consumo de alimentos y bebidas en salas de cine, eventos deportivos con público y plazas de toros Estas mismas circunstancias se aplicarán al consumo de alimentos y bebidas tanto en eventos deportivos con público en instalaciones deportivas, como en plazas, recintos e instalaciones taurinas.
Por último, en cuanto a aforos en instalaciones deportivas y centros deportivos, la actividad físico-deportiva podrá realizarse sin límite de aforo en espacios al aire libre y del 85 % máximo en cerrados.